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Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico

¿Qué hace?

El Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico se encarga de promover el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de las políticas, programas, proyectos y regulación para el acceso de la población a agua potable y saneamiento básico.

¿Cómo lo hace?

El Ministerio expide la reglamentación correspondiente, fórmula programas y apoya financieramente cuando el municipio no pueda atender directamente las inversiones que se requieran.

Modificado el Mar, 08/03/2022 - 08:56

Funciones Viceministerio de Agua

imagen agua

​Son funciones del Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento Básico, las siguientes:

  • Presentar propuestas relacionadas con la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas,  estrategias, programas y planes de agua potable y saneamiento básico.
  • Proponer los lineamientos para la identificación de las fuentes de financiamiento para el sector de agua potable y saneamiento básico y coordinar la asignación de los recursos provenientes de dichas fuentes. 
  • Proponer los lineamientos de política para incentivar la aplicación de principios de gestión empresarial eficiente en la prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
  • Presentar los criterios y lineamientos para la viabilización de los proyectos de agua potable y saneamiento básico.
  • Presentar los criterios y lineamientos para el seguimiento de los proyectos de agua potable y saneamiento básico.
  • Desarrollar esquemas para la financiación de los subsidios en los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, vinculando los recursos que establezca la normativa vigente.
  • Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la definición y aplicación de las variables y criterios para la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones - SGP para Agua Potable y Saneamiento Básico.
  • Liderar la elaboración de los estudios e informes sobre el desarrollo de las políticas, planes, programas y proyectos impulsados por el Ministerio en materia de agua potable y saneamiento básico.
  • Proponer los documentos que desarrollen las políticas, planes y programas de agua potable y saneamiento básico.
  • Apoyar la formulación e implementación de la política de gestión de la información de agua potable y saneamiento básico.
  • Articular las políticas de agua potable y saneamiento básico con las de manejo integral del recurso hídrico del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  • Articular, con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las políticas relacionadas con la gestión integral de residuos sólidos, en los aspectos relacionados con el servicio público de aseo y el aprovechamiento asociado al mismo.
  • Coordinar y articular con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las políticas relacionadas con agua potable y saneamiento básico para zonas rurales.
  • Coordinar y articular con el Ministerio de Salud y Protección Social la definición de los requisitos de calidad del agua que deben cumplir las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto.
  • Dirigir y orientar las acciones de monitoreo del Sistema General de Participaciones SGP.
  • Apoyar la gestión del riesgo asociado al servicio público de agua potable y saneamiento básico, en el marco del Sistema Nacional de Atención y Prevención de Desastres.
  • Proponer los reglamentos técnicos del sector de agua potable y saneamiento básico.
  • Apoyar las negociaciones para la contratación de créditos externos y cooperación internacional, destinados al sector de agua potable y saneamiento básico y coordinar la asignación de los recursos provenientes de dichas fuentes.
  • Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
  • Las demás asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan.

Normativa de Agua y Saneamiento Básico

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Reglamentación Técnica del Sector

imagen reglamentos técnicos

​La Ley 142 de 1994 en el numeral 67.1, establece dentro de las funciones de los Ministerios, señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de servicios públicos del sector, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción indebida de la competencia.

En cumplimiento de esta función, el MVCT ha expedido los siguientes reglamentos:

Consulta General de Proyectos

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