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Basura cero

¿Qué es Basura Cero?

ARTÍCULO 227. PROGRAMA BASURA CERO. Créese el Programa Basura Cero, en cabeza del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en un término máximo de 1 año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el cual articulará las instancias de Gobierno nacional, las entidades territoriales, las empresas de servicios públicos y la sociedad civil; garantizará la participación de la población recicladora y sus organizaciones, impulsando su inclusión e inserción socioeconómica; determinará los aspectos regulatorios, de supervisión y control, y las inversiones requeridas para avanzar en la eliminación del enterramiento hacia la implementación de parques tecnológicos y ambientales, de tratamiento y valorización de residuos, promoción del desarrollo tecnológico, conservación del ambiente y mitigación del cambio climático; definirá un plan estratégico para el cierre definitivo de los botaderos a cielo abierto y las celdas transitorias, promoviendo soluciones que prioricen el tratamiento y aprovechamiento de residuos; e impulsará la economía circular.


Basura Cero Infografía
1. ¿Sabes dónde hay más botadores a cielo abierto?
Botaderos a cielo abierto
texto descriptivo botaderos a cielo abierto
mapa gráfico de botaderos a cielo abierto
mapa gráfico celdas transitorias
texto descriptivo celdas transitorias por departamentos
texto descriptivo rellenos sanitarios
mapa celdas de contingencia por departamento
3. cuáles son los principales residuos que se generan en el país
texto descriptivo item 3
4. cuáles son los principales materiales aprovechables
texto descriptivo item 4
5. cuántos prestadores de actividad de aprovechamiento existen
testo descriptivo 5
6. Estaciones de Clasificación y aprovechamiento
mapa estaciones de clasificación y aprovechamiento
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Modificado el Lun, 29/07/2024 - 15:16