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El Sistema General de Participaciones (SGP) corresponde a los recursos que la Nación transfiere a las entidades territoriales para la financiación de los servicios a su cargo en agua potable.
Objetivo En materia de desarrollo urbano y territorial, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio formula, coordina y ejecuta políticas y lineamientos que direccionan la consolidación de territorios más amables, compactos, sostenibles y no segregados. Para lograr este fin, se realizan jornadas de capacitación y asistencia técnica a municipios y regiones en temas de ordenamiento territorial, se promocionan operaciones urbanas integrales, y se formulan programas de orientación y acompañamiento a los municipios para que ejecuten proyectos de mejoramiento integral de barrios y de renovación...
El Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico – VASB, en el marco de lo establecido en el Decreto 1604 de 2020, tiene como función coordinar y articular con el Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, la definición de los requisitos de calidad del agua que deben cumplir las personas prestadoras del servicio público de acueducto, con el fin de promover la provisión de agua apta para consumo humano en el país y así prevenir y/o controlar los riesgos para la salud humana causados por el agua no apta para consumo. Normativa En Colombia, el marco jurídico de calidad del agua está dado por...
Lo invitamos a consultar: La circular trámite giro directo y registro cuentas maestras. Consultar Resolución por la cual se adopta e implementa el trámite de giro directo solicitado por entidades territoriales. Consultar Resolución MVCT 510 de 2023 Resolución por la cual se fijan las condiciones de apertura, registro, operación, cancelación y sustitución de cuentas maestras. Consultar Resolución 2394 de 2023 Decreto por el cual se reglamenta el artículo 303 de la Ley 2294 de 2023 y se establecen las condiciones para la solicitud de giro directo de los recursos del SGP-APSB para el pago de...
La Secretaría Técnica del Consejo Superior de Vivienda convoca a los Establecimientos de Crédito, a inscribirse para adelantar el trámite de designación del representante de los Establecimientos de Crédito ante el Consejo Superior de Vivienda, según lo establecido por el artículo 6 de la Ley 546 de 1999 y el Título 7 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015. Las inscripciones e inquietudes se recibirán a través del correo electrónico secretariatecnicacsv@minvivienda.gov.co desde la publicación de la presente invitación en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y territorio...