Resumen
Aplicación del artículo 279 de la Ley 1955 de 2019 sobre las excepciones al trámite de concesión de aguas y permisos de vertimientos en beneficio de la
vivienda rural dispersa.
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Resumen una linea
La vivienda rural dispersa no requiere tramitar concesión de aguas; sin embargo, debe realizar la inscripción al Registro de Usuarios del Recurso Hídrico. En igual sentido, no requieren permiso de vertimientos al suelo las soluciones individuales de saneamiento básico para el tratamiento de las aguas residuales domésticas.
Fecha Concepto
Temática
Radicado Salida
2024EE0001162
Dependencia
Radicado de Entrada
2023ER0143703
Modificado el Mar, 20/08/2024 - 10:00