Resumen
Con la entrada en vigencia del nuevo régimen de las Corporaciones Autónomas Regionales queda sin fundamento jurídico el Acuerdo 022 de 1993 y su Resolución aprobatoria 142 de 1993 proferida por el INDERENA la cual, delega en la CVC por el término de cinco años la administración y manejo de los recursos naturales renovables en la parte baja de Cuenca Hidrográfica del Río Dagua. Por lo cual, la Corporación queda sujeta a los términos establecidos en el régimen de transición del Art. 33 de la Ley 99 de 1993 y el Art. 1 del Decreto Reglamentario 632 de 1994 para que puedan asumir las funciones y ajustarse a la estructura administrativa, técnica y financiera con el fin de atender las nuevas competencias.
Archivo
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Número
001290
Temática Histórica
Planes departamentales de agua
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24