Resumen
La intervención que realice cualquier persona diestra en determinada materia (Contador Público) para hacer precisiones respecto a su especialidad, deberá ser aprobada por la asamblea general de propietarios quien es el órgano de dirección de la personería jurídica que surge de la copropiedad. Las determinaciones que no sean aprobadas por la asamblea carecen de sustento y por tanto no son decisiones válidas.
Resumen una linea
Vivienda
Número
051702
Temática Histórica
Propiedad horizontal y arrendamiento
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24