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Concepto 077863 del 9 de julio de 2009. Registro Único de Proponentes

Resumen

Considerando que la norma no hace distinción acerca de la clase de persona que debe aportar el documento, no le es dable al interprete hacer dicha distinción. Dado lo anterior, ha de concluirse que para efectos de radicación de documentos, sin excepciones, se debe allegar la totalidad de los documentos de que trata el artículo 1 del Decreto 2180 de 2006, sobre la obligatoriedad de presentar el registro único de proponentes entre los documentos exigidos para adelantar actividades de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda

Resumen una linea
Desarrollo territorial
Número
077863
Temática Histórica
Ordenamiento territorial
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24