Resumen
Cuando surgan conflictos en razón a la aplicación o interpretación de la ley o del reglamento, entre propietarios o arrendatarios del edificio o conjunto, o entre aquellos, se debe recurrir a lo establecido en el artículo 58 de la ley 675 de 2001 sobre solución de conflictos.
Resumen una linea
Vivienda
Número
089918
Temática Histórica
Propiedad horizontal y arrendamiento
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24