Resumen
Revisada la normatividad vigente, no se encuentra dentro del ordenamiento juridico colombiano una norma que obligue a lla instalaciòn de ascensores en edificios con màs de 5 pisos, por lo que para tales efectos deberà consultarse el Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio.
Resumen una linea
Ordenamiento Territorial
Número
0023252
Temática Histórica
Vivienda
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24