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Consulta No. 4120-E1-18016 del 19 de febrero de 2009

Resumen

La solicitud de la Licencia Urbanística puede tramitarse por el interesado directamente ante el curador urbano o la autoridad municipal que haga sus veces o mediante apoderado, el cual deberá ser abogado inscrito y acreditado debidamente mediante poder, de conformidad con lo establecido en el Decreto 196 de 1971 y el num. 4 del Art. 18 del Decreto 564 de 2006.

Resumen una linea
Desarrollo territorial
Número
018016
Temática Histórica
Licencias urbanística
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24