Logo Gov.co
Logo Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Expensas comunes

Resumen

i) los propietarios de bienes privados deben pagar cuotas de administración cuando se les haga entrega material del bien inmueble, ii) el propietario inicial debe contribuir con las expensas comunes por los bienes privados construidos que tenga a su cargo, iii) las expensas comunes deben obedecer a un presupuesto de gastos y calcularse con base en los coeficientes de copropiedad y, iv) no se puede calcular cuotas de administración por bienes privados que no han sido construidos.

Resumen una linea
Pago de expensas comunes administración provisional, presupuesto y entrega material del bien privado.
Fecha Concepto
Radicado Salida
2024EE0035354
Radicado de Entrada
2024ER0040306
Modificado el Vie, 16/05/2025 - 14:47