Resumen
En el plan de ordenamiento territorial o en los instrumentos que lo desarrollen y complementen se debe establecer si el uso de vivienda campestre se permite como principal, compatible o complementario, condicionado o restringido, o si se prohíbe, de acuerdo con las definiciones contenidas en los numerales 6, 7, 8 y 9 del artículo 1 del Decreto 3600 de 2007
Archivo
Resumen una linea
Desarrollo territorial
Número
046593
Temática Histórica
Licencias urbanística
Fecha Concepto
Modificado el Lun, 23/11/2020 - 09:24