A continuación encontrará los conceptos jurídicos de Minvivienda. En el menú que se encuentra a su izquierda, los podrá encontrar clasificados por tema y por clase.
Los siguientes documentos se encuentran organizados de manera ascendente por número.
Filtrar por fecha
Número/Radicado | Concepto | Temática | Clase | Enlaces de operación |
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0057232 | 2019ER0067057 del 11 de junio de 2019 Subsidio Familiar para ediles | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0034583 | Concepto No. 2019ER0040699 del 09 abril de 2019 Cuota Inicial en proyectos de vivienda | vivienda | Vivienda de interés social | |
0078734 | Concepto No. 2019ER0098003 del 23 de agosto de 2019 Vivienda Unifamiliar, Vivienda Bifamiliar, Vivienda Multifamiliar, - definición de tipos de vivienda. | Vivienda | Otros temas | |
0067153 | Concepto No. 2019ER0069911 del 17 de junio de 2019 Subsidio Familiar de vivienda otorgado por los Entes Territoriales. | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0058571 | Concepto No. 2019ER0063435 del 04 de junio de 2019 Alternativas de la obligación para el cumplimiento del porcentaje minimo de suelo para VIP - Compensación en dinero | Vivienda | Suelo Urbanizable | |
0057588 | Programa Semillero de Propietarios | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0037571 | Concepto No. 2019ER0022028 del 01 de marzo de 2019 La Ley 1796 de 2016 fue creada con el objeto de generar medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones, el fortalecimiento de la función pública que ejercen los curadores urbanos y establecer otras funciones a la Superintedencia de Notariado y Registro. | Vivienda | Protección al comprador vivienda nueva | |
0035415 | Concepto No. 2019ER0039519 del 07 de abril de 2019 Aplicación Decreto 1190 de 2012, sobre la cobertura condicionada para créditos de vivienda | Vivienda de interés social | ||
2019ER0096224 | Transferencia a Ocupantes Inmuebles Programas de transferencia a ocupantes de inmuebles | TITULACION | Transferencia de bienes | |
2019ER0089199 | Aplicación de los valores de la Vivienda de Interés Social a partir de la expedición de la Ley 1955 de 2019. | VIVIENDA | Vivienda de interés social | |
000784 | Concepto 000784 del 5 de Agosto de 1997 sobre Contrato de Prestación de Servicios La persona que realiza determinada actividad para el Estado mediante un contrato de prestación de servicios no puede ser sujeto disciplinable, por cuanto no existe una subordinación jerárquica de una parte frente a la otra; por lo cual sus obligaciones son aquellas que se derivan del contrato y de la ley contractual y por ende a ellas estará sujeta su incumplimiento. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000225 | Concepto 000225 del 20 de Marzo de 1997 sobre el Derecho a gozar de un ambiente sano De acuerdo al Art. 79 de la C.P, toda persona puede tener acceso a la información que dispongan las autoridades sobre el medio ambiente, incluida la información sobre el desempeño de las industrias en materia ambiental. Sin embargo, se exceptúa aquella a la cual la Constitución o la Ley les ha otorgado carácter confidencial o que tengan relación con la defensa o seguridad nacional. Igualmente, el acceso a la información que reposa en las entidades públicas, no es permitido cuando el contenido de los documentos vulnere el derecho a la Intimidad y al Buen Nombre consagrado en el Art. 15 Ibídem. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000401 | De conformidad con el Art. 5 y el Num. 8 del Art. 4 de la Ley 80 de 1993, es obligación de la entidad pública contratante, reconocer a los contratistas intereses moratorios cuando existe mora en el pago, así éstos no se hubieren pactado en el respectivo contrato, caso en el cual, su tasa será equivalente al doble del interés legal civil sobre el valor histórico actualizado. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000044 | Concepto 000044 del 27 de Enero de 1997 sobre Celebración de contratos de consultoría Para la celebración de los contratos de consultoría se debe certificar que no existe personal de planta en la entidad que pueda desarrollar la labor a contratar, evento en el cual no podría celebrarse dicho contrato. Por otro lado, el contratista que haya celebrado dos contratos con una misma entidad no está incurso en inhabilidad o incompatibilidad alguna, siempre que no se trate de un mismo objeto contractual o tenga algún interés en los mismos, lo cual implicaría un fraccionamiento, atentatorio del deber de selección objetiva consagrado en el Estatuto de Contratación. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
013136 | Concepto 013136 del 24 de Octubre de 1995 sobre Agotamiento de la Via Gubernativa La persona afectada por una decisión de la administración puede interponer los recursos de reposición, apelación y queja; una vez decidida la controversia, la decisión que se profiera al respecto no es susceptible de ningun recurso, por cuanto la ley así lo ha previsto y la administración no puede estar sujeta a la voluntad del administrado, extralimitándose en sus propias funciones. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
014115 | Concepto 014115 del 10 de Noviembre de 1995. Apliación Acuerdo Hasta tanto CORPOAMAZONIA no expida su propio reglamento de aprovechamiento forestal para la totalidad del área que comprende su jurisdicción, se seguirá aplicando el Acuerdo 022 de 1992 expedido por la antigua Corporación Autónoma Regional del Putumayo para el territorio que cubría su jurisdicción y para el territorio restante, se aplicará lo dispuesto en el Acuerdo 029 de 1975 expedido por el INDERENA, de conformidad con lo establecido en el Art. 11 del Decreto 632 de 1994. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
015464 | Le corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales ejercer de manera privativa la competencia en los casos enlistados en el Art. 31 de la Ley 99 de 1993. Debido a la transición institucional, algunas Corporaciones no están aún en funcionamiento, por lo tanto, las Entidades que venían ejerciendo la competencia en esta materia, continuarán ejerciéndola, hasta tanto las Corporaciones asuman las nuevas funciones. Por lo anterior, le corresponde seguir conociendo al Inderena del área de jurisdicción donde se esté ejecutando el proyecto. Adicionalmente, este Concepto hace referencia a la competencia del M.M.A para el otorgamiento de Licencia Ambiental en materia de minería. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
006139 | Concepto 006139 del 23 de Junio de 1995 sobre Régimen de Transición de la Ley 99 de 1993 Las entidades que venían ejerciendo la competencia en materia ambiental con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 99 de 1993 continuarán ejerciéndola, mientras que las Entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental asumen las funciones en los plazos establecidos por la Ley, salvo aquellos asuntos que le corresponde conocer de manera privativa al M.M.A. En consecuencia, en virtud del principio de precaución, dichas entidades están en la obligación de adoptar las medidas necesarias mediante Actos Administrativos que tendrán plena validez jurídica, cuando quiera que exista grave daño irreversible al medio ambiente y a los recursos naturales renovables, cuyo cumplimiento está a cargo de las autoridades municipales en forma inmediata. Adicionalmente, este concepto también hace referencia al Otorgamiento del Título Minero. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
001412 | Concepto 001412 del 13 de Octubre de 1995 sobre Naturaleza del Contrato de Compraventa La instalación de microcomputadores software y el plan de soporte de hardware no configuran el objeto del Contrato de Suministro, por cuanto la naturaleza de estos bienes no implica la necesidad de prestaciones periódicas o continuadas, como lo establece el Art. 968 del C.Co; a diferencia del Contrato de Compraventa, que si bien puede pactarse con entregas parciales y periódicas, no es necesario obtener continuamente los bienes adquiridos, sino que su escencia radica en la transferencia de la propiedad y la entrega de una contraprestación en dinero por parte del comprador. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
001627 | Concepto 001627 del 7 de Noviembre de 1995 sobre Contratación Pública En un proceso de contratación pública no es procedente que el Jefe o representante de la Entidad Estatal delegue en un particular la dirección del Proceso Licitatorio, ni mucho menos delegarlo en un "Jurado" establecido para el efecto, ya que tal función sólo puede ser delegada en un Funcionario del Nivel Directivo o Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria y penal a que haya lugar. | Planes departamentales de agua | Otros temas |
Última fecha de modificación conceptos 15 Nov-2023 |