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Conceptos Jurídicos

A continuación encontrará los conceptos jurídicos de Minvivienda. En el menú que se encuentra a su izquierda, los podrá encontrar clasificados por tema y por clase.

Los siguientes documentos se encuentran organizados de manera ascendente por número. 

Número/RadicadoConceptoTemáticaClaseEnlaces de operación
022249

Concepto 022249 del 11 de marzo de 2009. Sobre el ámbito de aplicación de la ley 675 de 2001

Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal deben ceñirse a lo establecido por la Ley 675 de 2001 y el reglamento de propiedad horizontal, independientemente del estrato, tipo de inmueble o si este de interés social. Las cuotas ordinarias o extraordinarias, deben estar precedidas de un estudio por parte del Consejo de Administración, conforme al presupuesto que se fije anualmente; el incumplimiento del pago convella al cobro judicial de las mismas.

Propiedad horizontal y arrendamientoVivienda
025093

Concepto 025093 del 21 de abril de 2009. Áreas de cesión

El índice de ocupación para el desarrollo de usos industriales en suelo rural suburbano es de hasta el 30 % del área del predio o predios que conformen la unidad mínima de actuación, así de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley 388 de 1997, las reglamentaciones municipales y distritales determinarán las cesiones obligatorias que los propietarios de los inmuebles deben hacer con destino a vías locales, equipamientos colectivos y espacio público. En los planos que acompañan la licenciase hará la identificación precisa de las áreas objeto de cesión obligatoria.

Ordenamiento territorialDesarrollo territorial
047764

Concepto 047764 del 29 de mayo de 2009-Macroproyectos de Interés Social Nacional

El artículo 79 de la Ley 1151 de 2007 establece que el Gobierno Nacional en desarrollo de esa Ley podrá definir, formular, adoptar, ejecutar y financiar los macroproyectos de interés social nacional, y señalar las condiciones para su participación y desarrollo, con el fin de promover la disponibilidad de suelo para ejecutar una operación de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del país.

MacroproyectosVivienda
026218

Concepto 026218 del 9 de marzo de 2009 - Expropiación

La Ley 388 de 1997, modificatoria de la Ley 9 de 1989, estableció en el literal e) del artículo 58 que la adquisición de inmuebles para la ejecución de programas y proyectos de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo es uno de los casos considerados de utilidad pública e interés social para efectos de decretar su expropiación. En cuanto a las entidades competentes para adelantar el trámite, el artículo 59 de la Ley 388 de 1997 faculta a las sociedades de economía mixta asimiladas a las empresas industriales y comerciales del Estado (es decir cuando la participación estatal sea mayoritaria) a adquirir por enajenación voluntaria o por expropiación los bienes para las actividades declaradas como de utilidad pública o de interés social.

ExpropiaciónDesarrollo territorial
017179

Concepto 017179 del 20 de Marzo de 2009. Cobro Cuota de Administración por Constructor

El constructor tiene la facultad de ejercer el cargo de administrador de manera provisional y por consiguiente cobrar la cuota de administración tendiente a sufragar los gastos de administración provisional y prestación de servicios comunes prestados a los propietarios de unidades privadas, siempre que la construcción y enajenación de los bienes representen por lo menos el 51% del coeficiente de copropiedad y hasta tanto se nombre el administrador definitivo por parte de la Asamblea General, de conformidad con el Art. 75 de la ley 675 de 2001.

Propiedad horizontal y arrendamientoVivienda
017204

Concepto 017204 del 27 de Marzo de 2009. Aumento Canon de Arrendamiento

Los contratos de arrendamiento celebrados en vigencia de la Ley 56 de 1985, esto es con anterioridad al 10 de julio de 2003, tendrán un incremento entre el 4.5 % y el 5.5 %, según la meta de inflación establecida por el Banco de la República para el año 2009, de conformidad con lo establecido por el Art. 10 Ibídem, modificado por el artículo 7° de la Ley 242 de 1995.

Propiedad horizontal y arrendamientoVivienda
017740

Concepto 017740 del 3 de Marzo de 2009. Preguntas Frecuentes - Propiedad Horizontal

Mediante Derecho de Petición remite cuestionario sobre la Ley 675 de 2001, la cual regula el Régimen de Propiedad Horizontal, especialmente en lo relacionado con la impugnación de las decisiones contenidas en el acta, cuando no se ciñe las prescripciones legales o al reglamento de propiedad horizontal y por otro lado, la facultad del consejo de administración de citar a asambleas extraordinarias, con el fin de contratar y decidir por la comunidad sin que haya un acta legal que los faculte.

Propiedad horizontal y arrendamientoVivienda
021413

Concepto 021413 del 13 de abril de 2009. Usos agronidutriales

El Decreto 3600 de 2007 reglamenta en su Capítulo II el ordenamiento del suelo rural y en su Capítulo III el ordenamiento del suelo rural suburbano. El suelo suburbano no sólo es aquel que se encuentra colindante con las vías de primer y segundo orden, sino también puede ser clasificado como tal, aquel que cumpla con las condiciones de que trata el artículo 34 de la Ley 388 de 1997

Ordenamiento territorialDesarrollo territorial
005503

Atención Concepto Jurídico

La Resolución No. 008 de 2005, expedida por Fonvivienda determinó los procedimientos y requisitos para el pago del Subsidio Familiar de Vivienda asignado en la modalidad de arrendamiento y dispuso en los numerales 3, 4, 5 y 7 del artículo tercero, las condiciones bajo las cuales se rige el contrato de arrendamiento

Subsidio familiar de viviendaVivienda
013136

Concepto 013136 del 24 de Octubre de 1995 sobre Agotamiento de la Via Gubernativa

La persona afectada por una decisión de la administración puede interponer los recursos de reposición, apelación y queja; una vez decidida la controversia, la decisión que se profiera al respecto no es susceptible de ningun recurso, por cuanto la ley así lo ha previsto y la administración no puede estar sujeta a la voluntad del administrado, extralimitándose en sus propias funciones.

Planes departamentales de aguaOtros temas
014115

Concepto 014115 del 10 de Noviembre de 1995. Apliación Acuerdo

Hasta tanto CORPOAMAZONIA no expida su propio reglamento de aprovechamiento forestal para la totalidad del área que comprende su jurisdicción, se seguirá aplicando el Acuerdo 022 de 1992 expedido por la antigua Corporación Autónoma Regional del Putumayo para el territorio que cubría su jurisdicción y para el territorio restante, se aplicará lo dispuesto en el Acuerdo 029 de 1975 expedido por el INDERENA, de conformidad con lo establecido en el Art. 11 del Decreto 632 de 1994.

Planes departamentales de aguaOtros temas
015464

Concepto 015464 del 4 de Diciembre de 1995 sobre competencia de las autoridades ambientales con la entrada en vigencia de l

Le corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales ejercer de manera privativa la competencia en los casos enlistados en el Art. 31 de la Ley 99 de 1993. Debido a la transición institucional, algunas Corporaciones no están aún en funcionamiento, por lo tanto, las Entidades que venían ejerciendo la competencia en esta materia, continuarán ejerciéndola, hasta tanto las Corporaciones asuman las nuevas funciones. Por lo anterior, le corresponde seguir conociendo al Inderena del área de jurisdicción donde se esté ejecutando el proyecto. Adicionalmente, este Concepto hace referencia a la competencia del M.M.A para el otorgamiento de Licencia Ambiental en materia de minería.

Planes departamentales de aguaOtros temas
006139

Concepto 006139 del 23 de Junio de 1995 sobre Régimen de Transición de la Ley 99 de 1993

Las entidades que venían ejerciendo la competencia en materia ambiental con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 99 de 1993 continuarán ejerciéndola, mientras que las Entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental asumen las funciones en los plazos establecidos por la Ley, salvo aquellos asuntos que le corresponde conocer de manera privativa al M.M.A. En consecuencia, en virtud del principio de precaución, dichas entidades están en la obligación de adoptar las medidas necesarias mediante Actos Administrativos que tendrán plena validez jurídica, cuando quiera que exista grave daño irreversible al medio ambiente y a los recursos naturales renovables, cuyo cumplimiento está a cargo de las autoridades municipales en forma inmediata. Adicionalmente, este concepto también hace referencia al Otorgamiento del Título Minero.

Planes departamentales de aguaOtros temas
001412

Concepto 001412 del 13 de Octubre de 1995 sobre Naturaleza del Contrato de Compraventa

La instalación de microcomputadores software y el plan de soporte de hardware no configuran el objeto del Contrato de Suministro, por cuanto la naturaleza de estos bienes no implica la necesidad de prestaciones periódicas o continuadas, como lo establece el Art. 968 del C.Co; a diferencia del Contrato de Compraventa, que si bien puede pactarse con entregas parciales y periódicas, no es necesario obtener continuamente los bienes adquiridos, sino que su escencia radica en la transferencia de la propiedad y la entrega de una contraprestación en dinero por parte del comprador.

Planes departamentales de aguaOtros temas
001627

Concepto 001627 del 7 de Noviembre de 1995 sobre Contratación Pública

En un proceso de contratación pública no es procedente que el Jefe o representante de la Entidad Estatal delegue en un particular la dirección del Proceso Licitatorio, ni mucho menos delegarlo en un "Jurado" establecido para el efecto, ya que tal función sólo puede ser delegada en un Funcionario del Nivel Directivo o Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria y penal a que haya lugar.

Planes departamentales de aguaOtros temas
001394

Concepto 001394 del 10 de Octubre de 1994 sobre Contratación Estatal

En un proceso de selección de un contratista a través de Licitación Pública no es procedente entregar un Anticipo al contratista seleccionado, ya que el Estado no puede entregar dineros a los particulares sin cargo a un acto o contrato debidamente firmado, perfeccionado y con el lleno de los requisitos de ejecución, de conformidad con la Ley 80 de 1993.

Planes departamentales de aguaOtros temas
00301

Concepto 000301 del 6 de Febrero de 1995 sobre Régimen de Transición de la Ley 99 de 1993

Conforme al Art. 1 del Decreto 632 de 1994 las entidades que venían ejerciendo la competencia en materia ambiental con anterioridad a la vigencia de la Ley 99 de 1993 continuarán ejerciéndola hasta tanto se conforme la nueva estructura del SINA, salvo en aquellas materias que le corresponde conocer de manera privativa al M.M.A, es decir, aquellos casos enlistado en el Art. 52 de la Ley 99 de 1993. En consecuencia, si se otorgó Licencia Ambiental por el Inderena, entidad facultada para el efecto, y la actividad era de aquellas que le corresponde conocer de manera privativa al Ministerio, la Resolución por la cual se otorgó la Licencia Ambiental deberá revocarse por ser ilegal por falta de competencia; sin perjuicio, de las medidas que debe adelantar el solicitante para evitar la degradación al medio ambiente y la facultad del M.M.A para ordenar la suspensión de las actividades, en virtud del principio de precausión. (Transición de la Ley 99 de 1993)

Planes departamentales de aguaOtros temas
000015

Concepto 000015 del 4 de Enero de 1995 sobre Régimen de Transición de la Ley 99 de 1993

Los proyectos, obras o actividades que se iniciaron antes de la expedición de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1753 de 1994, podrán continuar bajo la normatividad vigente al momento de ejecutarse, pero la autoridad ambiental podrá imponer Planes de Manejo o de Recuperación Ambietal mediante providencia motivada, conforme a los parámetros establecidos en el Art. 38 del Decreto 1753 de 1994.

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016558

Concepto 016558 del 27 de Diciembre de 1995 sobre Transición Normatividad

Los proyectos, obras o actividades que se iniciaron antes de la expedición de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1753 de 1994, podrán continuar bajo la normatividad vigente al momento de ejecutarse, pero la autoridad ambiental podrá imponer Planes de Manejo o de Recuperación Ambietal mediante providencia motivada, conforme a los parámetros establecidos en el Art. 38 del Decreto 1753 de 1994. Adicionalmente, este Concepto hace referencia a la imposición de medidas preventivas por parte de la autoridad ambiental.

Planes departamentales de aguaOtros temas
000000

Concepto 000000 del 4 de Julio de 1995 sobre Concejo Nacional de Profesiones Agronómicas y Forestales

El Concejo Nacional de Profesiones Agronómicas y Forestales tiene como función sancionar a los profesionales por faltas a la ética, por lo tanto, no puede estar conformado por miembros de entidades estatales, pues vulneraría el Principio de Imparcialidad de los miembros objeto de acusación, en caso de que tuvieran vínculos contractuales con tales entidades.

Planes departamentales de aguaOtros temas
Última fecha de modificación conceptos 15 Nov-2023
Modificado el Mar, 04/05/2021 - 15:18