A continuación encontrará los conceptos jurídicos de Minvivienda. En el menú que se encuentra a su izquierda, los podrá encontrar clasificados por tema y por clase.
Los siguientes documentos se encuentran organizados de manera ascendente por número.
Filtrar por fecha
Número/Radicado | Concepto | Temática | Clase | Enlaces de operación |
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0057232 | 2019ER0067057 del 11 de junio de 2019 Subsidio Familiar para ediles | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0034583 | Concepto No. 2019ER0040699 del 09 abril de 2019 Cuota Inicial en proyectos de vivienda | vivienda | Vivienda de interés social | |
0078734 | Concepto No. 2019ER0098003 del 23 de agosto de 2019 Vivienda Unifamiliar, Vivienda Bifamiliar, Vivienda Multifamiliar, - definición de tipos de vivienda. | Vivienda | Otros temas | |
0067153 | Concepto No. 2019ER0069911 del 17 de junio de 2019 Subsidio Familiar de vivienda otorgado por los Entes Territoriales. | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0058571 | Concepto No. 2019ER0063435 del 04 de junio de 2019 Alternativas de la obligación para el cumplimiento del porcentaje minimo de suelo para VIP - Compensación en dinero | Vivienda | Suelo Urbanizable | |
0057588 | Programa Semillero de Propietarios | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0037571 | Concepto No. 2019ER0022028 del 01 de marzo de 2019 La Ley 1796 de 2016 fue creada con el objeto de generar medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones, el fortalecimiento de la función pública que ejercen los curadores urbanos y establecer otras funciones a la Superintedencia de Notariado y Registro. | Vivienda | Protección al comprador vivienda nueva | |
0035415 | Concepto No. 2019ER0039519 del 07 de abril de 2019 Aplicación Decreto 1190 de 2012, sobre la cobertura condicionada para créditos de vivienda | Vivienda de interés social | ||
2019ER0096224 | Transferencia a Ocupantes Inmuebles Programas de transferencia a ocupantes de inmuebles | TITULACION | Transferencia de bienes | |
2019ER0089199 | Aplicación de los valores de la Vivienda de Interés Social a partir de la expedición de la Ley 1955 de 2019. | VIVIENDA | Vivienda de interés social | |
000784 | Concepto 000784 del 5 de Agosto de 1997 sobre Contrato de Prestación de Servicios La persona que realiza determinada actividad para el Estado mediante un contrato de prestación de servicios no puede ser sujeto disciplinable, por cuanto no existe una subordinación jerárquica de una parte frente a la otra; por lo cual sus obligaciones son aquellas que se derivan del contrato y de la ley contractual y por ende a ellas estará sujeta su incumplimiento. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000225 | Concepto 000225 del 20 de Marzo de 1997 sobre el Derecho a gozar de un ambiente sano De acuerdo al Art. 79 de la C.P, toda persona puede tener acceso a la información que dispongan las autoridades sobre el medio ambiente, incluida la información sobre el desempeño de las industrias en materia ambiental. Sin embargo, se exceptúa aquella a la cual la Constitución o la Ley les ha otorgado carácter confidencial o que tengan relación con la defensa o seguridad nacional. Igualmente, el acceso a la información que reposa en las entidades públicas, no es permitido cuando el contenido de los documentos vulnere el derecho a la Intimidad y al Buen Nombre consagrado en el Art. 15 Ibídem. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000401 | De conformidad con el Art. 5 y el Num. 8 del Art. 4 de la Ley 80 de 1993, es obligación de la entidad pública contratante, reconocer a los contratistas intereses moratorios cuando existe mora en el pago, así éstos no se hubieren pactado en el respectivo contrato, caso en el cual, su tasa será equivalente al doble del interés legal civil sobre el valor histórico actualizado. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000044 | Concepto 000044 del 27 de Enero de 1997 sobre Celebración de contratos de consultoría Para la celebración de los contratos de consultoría se debe certificar que no existe personal de planta en la entidad que pueda desarrollar la labor a contratar, evento en el cual no podría celebrarse dicho contrato. Por otro lado, el contratista que haya celebrado dos contratos con una misma entidad no está incurso en inhabilidad o incompatibilidad alguna, siempre que no se trate de un mismo objeto contractual o tenga algún interés en los mismos, lo cual implicaría un fraccionamiento, atentatorio del deber de selección objetiva consagrado en el Estatuto de Contratación. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
002180 | Concepto 002180 del Año 1996 sobre Protección Penal a los Recursos Naturales Cuando se presenta un daño en un bosque cultivado, no se podrá imponer la sanción contemplada en el Art. 246 del C.P (Decreto Ley 100 de 1980), pues se trata de una norma en blanco que establece el delito de "Daño a los Recursos Naturales", el cual debe entenderse como aquel que no ha recibido la acción directa e intencional del hombre con el ánimo de modificarlo, sino que se deberá imponer la sanción establecida en el Art. 370 Ibídem, referente al delito de daño en bien ajeno. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
001979 | Concepto 001979 del 16 de Octubre de 1996 sobre Transición Normativa Los proyectos, obras o actividades que se iniciaron antes de la expedición de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1753 de 1994, podrán continuar bajo la normatividad vigente al momento de ejecutarse, pero la autoridad ambiental podrá imponer Planes de Manejo o de Recuperación Ambietal mediante providencia motivada, conforme a los parámetros establecidos en el Art. 38 del Decreto 1753 de 1994. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000577 | Concepto 000577 del 20 de Marzo de 1996 sobre Transición de la Ley 99 de 1993 Con la nueva organización del Sistema Nacional Ambiental previsto en la Ley 99 de 1993, las entidades deben realizar la respectiva entrega de funciones a las Corporaciones Autónomas Regionales en los plazos otorgados para el efecto, por lo tanto, no hay lugar a la suspensión de funciones de las entidades encargadas, so pretexto, del volumen de trabajo adquirido por el proceso de reestructuración, lo que generaría el incumplimiento de los fines esenciales del Estado y como concecuencia la paralización del servicio público a cargo de la Administración causando perjuicios a los particulares. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000589 | Concepto 000589 del 20 de Noviembre de 1996 sobre Facultades de los Contratistas Los documentos producidos por los contratistas relativos a la asesoría, elaboración de estudios que se originen con ocasión a la ejecución de su objeto contractual, sólo revisten el carácter oficial, cuando su elaboración esté específicamente atribuida a dicho contratista dentro de sus obligaciones y de otra parte, cuando no invada funciones y competencias que la ley ha asignado a determinados servidores públicos. Por otro lado, ningún contratista puede ser objeto de delegación para que represente al Ministerio, por cuanto tal facultad le corresponde al Ministro en cualquier instancia, pudiendo delegar en un funcionario del nivel directivo o asesor tal función, lo cual sólo puede hacerse mediante ley o un acto administrativo cuando la ley así lo permite, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1050 de 1968 y el Decreto 1868 de 1994. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000717 | Concepto 000717 del año 1996 sobre Transición de la Ley 99 de 1993 Los proyectos, obras o actividades que se iniciaron antes de la expedición de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1753 de 1994, podrán continuar bajo la normatividad vigente al momento de ejecutarse, pero la autoridad ambiental podrá imponer Planes de Manejo o de Recuperación Ambietal mediante providencia motivada, conforme a los parámetros establecidos en el Art. 38 del Decreto 1753 de 1994. | Planes departamentales de agua | Otros temas | |
000131 | Concepto 000131 del 17 de Enero de 1996 sobre Vigencia de los Actos Administrativos a Concesión otorgada por el INDERENA mediante Resolución 055 de 1985, tiene un término de vigencia de 5 años, al cabo de los cuales los derechos emanados de ese acto administrativo prescriben y no pueden alegarse para obtener los beneficios concedidos, así éstos no se ejerzan en el término establecido. | Planes departamentales de agua | Otros temas |
Última fecha de modificación conceptos 15 Nov-2023 |