A continuación encontrará los conceptos jurídicos de Minvivienda. En el menú que se encuentra a su izquierda, los podrá encontrar clasificados por tema y por clase.
Los siguientes documentos se encuentran organizados de manera ascendente por número.
Filtrar por fecha
Número/Radicado | Concepto | Temática | Clase | Enlaces de operación |
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2020ER0129788 | La figura de las “urbanizaciones por etapas y proyecto urbanístico general” únicamente aplica para la actuación urbanística de urbanización, que sólo se autoriza en la clase de suelo urbano, por lo que no resulta posible aplicarla para la actuación de parcelación, que procede solamente sobre suelo rural. | PARCELACIÓN | Planteamientos relacionados con la urbanización por etapas | |
2021ER0002239 | Bienes Comunes Esenciales en la Propiedad Horizontal Para determinar si los ductos de basura son bienes comunes esenciales se hace necesario tener en cuenta lo dispuesto en la respectiva escritura de constitución de la propiedad horizontal, en el reglamento de propiedad horizontal y en los planos aprobados con la respectiva licencia de construcción. | PROPIEDAD HORIZONTAL | Bienes comunes esenciales | |
2021ER0002149 | Causales de terminación de la cobertura a la tasa de interés - FRECHS | CRÉDITO HIPOTECARIO | Cobertura FRECHS | |
2021ER0001886 | vigilancia y control contable en las propiedades horizontales | PROPIEDAD HORIZONTAL | Vigilancia y Control | |
2021ER0001704 | Reuniones ordinarias de la Asamblea General de Copropietarios Trámite de las reuniones de asamblea general ordinaria de copropietarios, frente a las medidas restrictivas del Gobierno Nacional sobre las reuniones masivas, para el año 2021. | PROPIEDAD HORIZONTAL | Reuniones Asamblea | |
2020ER0126891 | Los profesionales encargados de firmar los planos topográficos son el ingeniero topográfico matriculado y el topógrafo profesional licenciado de acuerdo con la Ley 70 de 1979. | DOCUMENTOS | Consulta relacionada con la firma de los planos topográficos | |
2020ER0117836 - 2020ER0117850 | DOCUMENTOS SOLICITUDES DE LICENCIAS La copia certificada del impuesto predial y la copia del certificado de libertad y tradición del inmueble son los dos documentos que permitirían certificar el número catastral que identifica un predio. | DOCUMENTOS | Plantea una consulta relacionada con el número catastral independiente para efectos del licenciamiento urbanístico | |
2020ER0103332 | El titular de la licencia debe realizar la contratación del equipo técnico que desarrollará el proyecto, incluida la supervisión tecnica de que trata de la Ley 1796 de 2016. | MECANISMOS DE AMPARO | Ley 1796 de 2016 | |
2020ER0126994 | Cuando se desarrolle una construcción sin licencia en terrenos aptos para estas actuaciones, la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caducará una vez transcurridos 3 años. Por lo anterior, cuando se evidencie el desarrollo de una construcción sin licencia y no hayan transcurrido 3 años desde la finalización de la misma, las autoridades de control urbano deberán adelantar el procedimiento policivo previsto en los artículos 213 y siguientes del Código de Policía. | CONTROL URBANO | Consulta sobre el desarrollo de una construcción sin licencia y la caducidad de la facultad sancionatoria | |
2020ER0123934 | Cobertura de Tasa de Interés para créditos de vivienda y contratos de leasing habitacional -FRECH NO VIS | CRÉDITO HIPOTECARIO | Cobertura FRECH | |
0041191 | Consulta No. 2018ER0038355 del 30 de abril de 2018 De conformidad con el artìculo 91 de la Ley 1753 de 2015, mediante el cual se modificò el artìculo 47 de la Ley 1537 de 2012, señala como medida excepcional y extraordinaria que los municipios y distritos podràn por una sola vez y a iniciativa del alcalde, durante su periodo constitucional comprendido entre los años 2015 y el 2020, incorporar en el perimetro urbano predios localizados en suelo rural, suburbano o expansiòn urbana, requeridos para Vivienda de Interès Prioritario, mediante un tramite especial. | Desarrollo Territorial | Incorporaciòn de Suelo Urbano | |
0013894 | El artículo 63 de la Ley 675 de 2001, con relación a las unidades inmobiliarias cerradas establece: "Son conjuntos de edificios, casas y demás construcciones integradas arquitectónica y funcionalmente, que comparten elementos estructurales y constructivos, áreas comunes de circulación, recreación, reunión, instalaciones técnicas, zonas verdes y de disfrute visual; cuyos propietarios participan proporcionalmente en el pago de expensas comunes, tales como los servicios publicos comunitarios, vigilancia, mantenimiento y mejoras. El acceso a tales conjuntos inmobiliarios se encuentra restringido por un encerramiento y controles de ingreso". | Vivienda | Propiedad horizontal y arrendamiento | |
0023252 | Consulta 2018ER0016485 del 25 febrero de 2018 Revisada la normatividad vigente, no se encuentra dentro del ordenamiento juridico colombiano una norma que obligue a lla instalaciòn de ascensores en edificios con màs de 5 pisos, por lo que para tales efectos deberà consultarse el Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio. | Vivienda | Ordenamiento Territorial | |
0033589 | Acatando los preceptos constitucionales que protegen la autonomia territorial para regular los usos del suelo , debe concluirse que en lo que respecta a los POT, las administraciones pueden emprender su revisiòn siempre que ellos hayan perdido vigencia. | Desarrollo Territorial | POT | |
0006511 | Requisitos para ser miembro de Consejo de Administración La Ley 675 de 2001 no establece los formalismos que se deben cumplir para ostentar la condición de delegado de los propietarios de unidades privadas para ser miembro de los órganos de dirección de la propiedad horizontal, y en razón a que no se hace remisión a ninguna otra norma, se considera que dicha autorización puede realizarse mediante documento simple suscrito por el respectivo propietario. | Vivienda | Propiedad horizontal y arrendamiento | |
0010709 | En relación con los bienes afectos al uso público, debe indicarse que si bien, la titularidad del derecho de dominio de estos inmuebles aún no se encuentran en cabeza del municipio o del distrito, según lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 9 de 1989, en armonía con el artículo 139 de la Ley 1801 de 2016, son bienes que por su uso o afectación se encuentran destinados a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden los limites de los intereses particulares. | Desarrollo Territorial | Zonas de Cesión | |
0017936 | Aplicación normas para discapacitados El parágrafo 3 del artículo 1 de la Ley 1114 de 2006 dispone que las autoridades municipales y distritales exigirán a todos los proyectos de vivienda la obligatoriedad de disponer el uno por ciento (1%) de las viviendas construidas y en los proyectos de menos de (100) viviendas de una de ellas para la población minusválida. | Vivienda | Discapacitados | |
0007185 | Prohibición de enajenación con SFVE El artículo 21 y subsiguientes de la Ley 1537 de 2012 dispone las causales de restitución del subsidio familiar de vivienda entre ellas la de dejar de vivir en el inmueble antes de haber transcurrido diez (10) años desde la fecha de su transferencia, sin mediar permiso especifico fundamentado en razones de fuerza mayor definidas por el reglamento. | Vivienda | Subsidio familiar de vivienda | |
0009612 | Titulación de Predios Ejidales En virtud de la autonomía de que gozan las entidades territoriales por expresa disposición constitucional, y las competencias asignadas a ellas por la ley, les corresponde, a través de sus Concejos Municipales, establecer los mecanismos para la administración, regulación y disposición de los terrenos ejidos, por tanto las modalidades bajo las cuales los entes territoriales pueden transferir bienes inmuebles ejidos corresponde a sus autoridades territoriales. | Vivienda | Titulación | |
2018ER0065799 | Los bienes comunes esenciales son aquellos indispensables para usar y disfrutar los bienes privados, contemplando dentro de este tipo de bienes el terreno en el que existan construcciones o instalaciones de servicios pùblicos bàsicos, la estructura, circulaciones indispensables para acceder a bienes privados, fachadas y los techos o losas que funcionen como cubiertas a cualquier nivel. | PROPIEDAD HORIZONTAL | Fachadas |
Última fecha de modificación conceptos 15 Nov-2023 |