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Cuota Extraordinaria

Resumen

Las expensas comunes diferentes a las necesarias, son las extraordinarias, y que para que estas sean obligatorias deben ser aprobadas por mayoría calificada como lo contempla el artículo 46 de la Ley 675 de 2001, es decir del 70% de los coeficientes de copropiedad que integran el edificio o conjunto sometido a régimen de propiedad horizontal, “Imposición de expensas extraordinarias cuya cuantía total, durante la vigencia presupuestal, supere cuatro (4) veces el valor de las expensas necesarias mensuales.

Resumen una linea
Cuotas extraordinaria
Fecha Concepto
Radicado Salida
2020EE0027066
Radicado de Entrada
2020ER0029400
Modificado el Mié, 02/06/2021 - 16:06