Resumen
En conclusión, se puede determinar que, existiendo una disolución de la sociedad conyugal o unión marital de hecho, el nuevo hogar postulante podrá acceder a nuevos subsidios, siempre y cuando se haga efectiva las condiciones exigidas en la norma y al nuevo solicitante no se le hayan adjudicado derecho de dominio sobre la vivienda que fue objeto del subsidio anterior.
Resumen una linea
Subsidio Familiar de Vivienda
Fecha Concepto
Temática
Radicado Salida
2020EE0024603
Dependencia
Radicado de Entrada
2020ER0032810
Modificado el Mié, 02/06/2021 - 15:56