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Programas de Vivienda Rural

Vivienda social para el campo

Es el programa que otorga el Subsidio Familiar de Vivienda Rural (SFVR) para la construcción de vivienda nueva, sea de tipo dispersa o nucleada.

Este es un subsidio en especie, es decir, el hogar beneficiario recibe la vivienda nueva construida.

Pueden acceder los hogares rurales vulnerables focalizados por la Dirección de Vivienda Rural (DVR), los cuales serán identificados a través de las bases nacionales del Sisbén y Red Unidos; el registro de víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y las listas de excombatientes en proceso de reincoproración de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). En el caso de las comunidades étnicas la lista de beneficiarios será concertada con sus Autoridades.

Para la modalidad de vivienda rural dispersa de interés social el predio debe cumplir los siguientes condiciones:

  • Estar ubicados en suelo rural, conforme a la clasificación del suelo, prevista en el Plan de Ordenamiento Territorial – POT, Plan Básico de Ordenamiento Territorial - PBOT o Esquema de Ordenamiento Territorial – EOT.
  • No podrán estar ubicadas en zona de alto riesgo ni en zona de protección de los recursos naturales.
  • No podrán estar ubicadas en zonas de reserva de obra pública o de infraestructura básica del nivel nacional, regional o municipal.
  • No podrán estar ubicadas en áreas no aptas para la localización de vivienda de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial – POT, Plan Básico de Ordenamiento Territorial - PBOT o Esquema de Ordenamiento Territorial – EOT.
  • Tener disponibilidad inmediata del servicio de agua o de acceso a una fuente de agua, indicando la forma y condiciones de obtención.

Para la modalidad de vivienda rural nucleada el predio debe cumplir los siguientes condiciones:

  • Copia de la Licencias de construcción y/o urbanismo y/o parcelación, expedidas por la Oficina de Planeación Municipal o dependencia competente.
  • Certificación en la que conste que el lote cuenta con disponibilidad de infraestructura y servicios públicos básicos: energía eléctrica, evacuación de aguas servidas, suministro de agua potable y recolección y disposición de residuos sólidos.
  • Cuando el terreno sea de propiedad del Municipio o de propiedad colectiva de uno o varios miembros de todos los hogares postulantes, se deberá acreditar la propiedad del inmueble mediante certificado de tradición y libertad expedido con anterioridad no superior a tres (3) meses de la fecha de apertura de convocatoria, donde conste que la propiedad está libre de limitaciones al dominio, condiciones resolutorias, embargos y gravámenes. La propiedad del lote donde serán construidas las viviendas deberá ser escriturada a cada hogar de manera individual.
  • Para Los proyectos a ser realizados dentro de los territorios pertenecientes a resguardos indígenas y comunidades negras, deberán adjuntar la respectiva resolución de constitución, expedida por el Ministerio del Interior y de Justicia.
    o Para el caso de proyectos a ser realizados en los territorios colectivos de comunidades indígenas, las certificaciones serán expedidas por el Cabildo Gobernador del Resguardo Indígena.

Una vez el hogar sea focalizado deberá suministrar la información en el tiempo definido en la convocatoria para el proceso de postulación, y entregar los siguientes documentos:

  1. Formulario de Vivienda rural debidamente diligenciado
  2. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía de los miembro del hogar mayores de 18 años y/o el registro civil de nacimiento de los menores de edad.

El Subsidio Familiar de Vivienda Rural (SFVR) para construcción de vivienda nueva será de hasta 70 SMMLV.

El valor del subisdio será diferencial dependiendo de la infraestructura de la zona para el transporte de materiales.

Para este programa el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) tiene proyectado beneficiar a 10.299 hogares rurales al 2022.

Modificado el Mar, 18/05/2021 - 22:40