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¿Cuál es la diferencia entre el supervisor técnico independiente y el interventor? ¿Puede la interventoría reemplazar la labor del supervisor?

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Vivienda segura
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Respuesta
Al respecto, debe precisarse que la interventoría solo es exigida en los casos previstos por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1474 de 2011, es decir, cuando así lo exigen las normas de contratación estatal. En esta medida, la interventoría supone la vigilancia que debe prestarse a los contratos de obra celebrados por entidades públicas para verificar el cabal cumplimiento del objeto contractual, cuya finalidad es salvaguardar la moralidad administrativa, prevenir actos de corrupción y garantizar la transparencia de la actividad contractual.

Ahora bien, la Ley 1796 de 2016, modificatoria de la Ley 400 de 1997, y el Decreto 945 de 2017, no establecen exigencias a las interventorías, dado que la norma sismo resistente hace alusión exclusiva a los requerimientos de carácter técnico y científico para el desarrollo de los procesos constructivos de las edificaciones.

En este sentido, con la expedición del Decreto No. 945 de 2017, mediante el cual se reglamentan los cambios efectuados por la Ley 1796 de 2016 a la norma sismo resistente, los proyectos constructivos que tengan o superen los 2.000 m2 de área construida y que desde el 01 de julio de 2017 hayan radicado en legal y debida forma la solicitud de licencia de construcción, requerirán de supervisión técnica independiente y una vez finalicen la cimentación, construcción de la estructura y elementos no estructurales (exceptuando acabados y elementos decorativos), deberán expedir el Certificado Técnico de Ocupación, como documento necesario para permitir los actos de trasferencia de las nuevas unidades habitacionales, tal como lo señala el artículo 10 de la Ley 1796 de 2016.

Por otra parte, la sección A.13.1 del Reglamento NSR-10, dispone que la interventor no reemplaza ni hace las veces del supervisor técnico independiente exigido por el Título I del Reglamento NSR-10, para las edificaciones que tengan o superen los 2.000 m2 de área construida.
Modificado el Mié, 23/03/2022 - 20:31