Tema
Planes parciales
Respuesta
Los planes parciales se pueden formular en el suelo urbano, en las áreas sujetas a los tratamientos de desarrollo o de renovación urbana y en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997.
Modificado el Lun, 21/07/2025 - 12:53