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¿Puede el curador urbano o la Secretaría municipal o Distrital de Planeación, exigir documentos adicionales para tramitar la solicitud de licencia urbanística?

Tema
Licencias Urbanísticas
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Respuesta
De acuerdo con lo previsto en el artículo 182 del Decreto Ley 019 de 2012, las licencias urbanísticas deben resolverse exclusivamente con los requisitos y documentos establecidos por las normas nacionales que reglamentan su trámite, sin que estén facultados los municipios y distritos a establecer o exigir requisitos adicionales a los allí señalados.

En concordancia con lo anterior, este Ministerio expidió la Resolución 462 de 2017, modificada por la Resolución 1025 de 2021, la cual relaciona los documentos generales y específicos para cada clase y modalidad de licencia. La resolución previamente referida, puede consultarse en el link que se presenta a continuación: https://minvivienda.gov.co/normativa/resolucion-1025-2021
Modificado el Vie, 20/06/2025 - 11:34