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¿Si se presentan inconsistencias entre lo establecido en el acuerdo que adopta el plan de ordenamiento territorial y su cartografía, cuál es la decisión que prevalece?

Tema
Planes de Ordenamiento Territorial
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Respuesta
El parágrafo 3 del artículo 12 de la Ley 388 de 1997 establece que cuando existan inconsistencias entre lo señalado en el acuerdo que adopta el plan de ordenamiento territorial y su cartografía oficial, prevalecerá lo establecido en el texto del acuerdo y corresponderá al alcalde municipal o distrital, o a la entidad delegada para el efecto, corregir las inconsistencias cartográficas, siempre que no impliquen modificación al articulado del Plan de Ordenamiento Territorial.
Esta disposición también será aplicable para precisar la cartografía oficial cuando los estudios de detalle permitan determinar con mayor exactitud las condiciones jurídicas, físicas, geológicas y morfológicas de los terrenos.
Modificado el Lun, 21/07/2025 - 15:01