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DESIGNACION DE CURADORES URBANOS

Resumen

En materia de concurso y designación de curadores urbanos, se tiene que en el evento en que figure como primero en la lista de elegibles un curador urbano que actualmente se encuentre ejerciendo su periodo individual de 5 años con ocasión de un concurso de méritos previo, a juicio de este Ministerio no se encuentra obligado a renunciar para ser designado en el marco del nuevo concurso realizado. En dicho caso, procede la designación del siguiente aspirante disponible de la lista de elegibles vigente, sin que ello implique su retiro de la lista de elegibles, toda vez que el
ordenamiento jurídico vigente prevé la posibilidad que sea nombrado nuevamente para un periodo individual de cinco (5) años, una vez culmine el periodo que está cursando, conservando el número con el cual se identificó en la anterior designación.

Resumen una linea
Designación de curadores urbanos de acuerdo con los resultados de los concursos de méritos celebrados por las autoridades competentes
Fecha Concepto
Radicado Salida
2021EE0091544
Radicado de Entrada
2021ER0089470 - 2021ER0089340
Modificado el Lun, 13/06/2022 - 15:38