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ACREDITACION DE TITULARIDAD DE LICENCIA

Resumen

Si bien la normativa urbanística no contempla la forma en que se debe probar la posesión, de conformidad con la jurisprudencia mencionada, para acreditar dicha condición se puede acudir a los medios de prueba previstos en el artículo 165 del Código General del Proceso, entre los que se encuentran la declaración de parte, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento.

Resumen una linea
Titulares de las licencias de construcción y de los actos de reconocimiento de la existencia de edificaciones acreditación de poseedor
Fecha Concepto
Radicado Salida
2022EE0053641
Radicado de Entrada
2022ER0043424
Modificado el Mar, 09/08/2022 - 16:01