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ACCESIBILIDAD AL ESPACIO PUBLICO

Resumen

Es sobre los municipios y Distritos que recae la obligación de velar por la protección de la integridad del espacio público y su destinación al uso común, el respectivo ente territorial deberá garantizar su goce colectivo, previendo que sea apto y habitable para las personas en condiciones de discapacidad o con movilidad reducida, independientemente de los elementos utilizados para que ello ocurra. Por lo tanto, los municipios y distritos deben adecuar los espacios públicos con elementos indicados para el tránsito y desplazamiento de personas en condición de discapacidad. Para el caso puntual de vías públicas, estas deberán adecuarse conforme lo dispuesto en los Planes para la Adaptación de los Espacios Públicos, Edificios, Servicios e Instalaciones Dependientes del respectivo municipio o Distrito, garantizando su accesibilidad física sin ningún tipo de limitación, permitiendo a las personas en condición de discapacidad ejercer de manera efectiva su derecho a la locomoción.

Resumen una linea
Resolver inquietudes relacionadas con la accesibilidad al espacio público.
Fecha Concepto
Radicado Salida
2022EE0054114
Radicado de Entrada
2022ER0051276
Modificado el Mié, 24/08/2022 - 18:21