Resumen
En cuanto a la obligatoriedad de exigir los estudios geotécnicos y de suelos, el artículo 2.2.6.1.2.2.3 del Decreto 1077 de 2015, establece de manera expresa que el curador urbano o la autoridad municipal o distrital encargada de estudiar, tramitar y expedir las licencias, debe revisar el proyecto objeto de la solicitud desde el punto de vista jurídico, urbanístico, arquitectónico y estructural, incluyendo entre otros, los estudios geotécnicos y de suelos.
Archivo
Resumen una linea
Estudios geotécnicos y de suelos en licencias de construcción.
Fecha Concepto
Temática
Radicado Salida
2020EE0062173
Dependencia
Radicado de Entrada
2020ER0070738
Modificado el Lun, 12/09/2022 - 10:44