La “autorización de ocupación de inmuebles” está definida como acto mediante el cual la autoridad competente para ejercer el control urbano y posterior de obra certifica, en general, que las obras construidas se encuentran conformes con la licencia de construcción respectiva y, por otro lado, la “certificación técnica de ocupación” resulta necesaria una vez concluidas las obras aprobadas en la respectiva licencia de construcción y previamente a la ocupación de nuevas edificaciones, en donde un supervisor técnico independiente certifica que la obra contó con la supervisión correspondiente y que la edificación se ejecutó de conformidad con los planos, diseños y especificaciones técnicas, estructurales y geotécnicas exigidas por el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismorresistentes y aprobadas en la respectiva licencia.

SUPERVISION TECNICA Y PERMISO DE OCUPACION
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Consultas relacionadas con la supervisión técnica y el permiso de ocupación de establecimientos educativos
Fecha Concepto
Temática
Radicado Salida
2022EE0053646
Dependencia
Radicado de Entrada
2022ER0049618
Modificado el Jue, 29/09/2022 - 21:14