La Ley 142 de 1994 en el numeral 67.1, establece dentro de las funciones de los Ministerios, señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de servicios públicos del sector, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción indebida de la competencia.
En cumplimiento de esta función, el MVCT ha expedido los siguientes reglamentos:

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Modificado el Mié, 26/05/2021 - 11:09