El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Casanare, Despacho 002, mediante Auto del 28 de agosto de 2026, admitió la acción popular con radicado 85001-23-33-000-2026-00111-00, promovida por SINTRAEMSDES (Sindicato Nacional de Trabajadores y Servidores Públicos de los Servicios Públicos, TIC, Telecomunicaciones, Televisión, Corporaciones Autónomas Regionales e Institutos Descentralizados y Territoriales) y la señora Yuli Yamary Barón Vargas, en contra de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el Municipio de Yopal y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal – EAAAY EICE E.S.P., encaminada a obtener la protección de los derechos colectivos al acceso a los servicios públicos y a su prestación eficiente y oportuna, al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, a la defensa del patrimonio público, a los derechos de los consumidores y usuarios, y a la moralidad administrativa, en relación con presuntas afectaciones derivadas de la prestación del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo en el área de influencia de la EAAAY EICE E.S.P. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Departamento de Casanare fueron vinculados al proceso por poder tener injerencia en los hechos narrados.
Auto admisorio Acción Popular 85001 23 33 000 2026 00111 00
Resumen
Archivo Norma
Tipo Normativa
Auto
Fecha Norma
Entidad
MINVIVIENDA
Modificado el Jue, 10/09/2026 - 09:44

