

Son aquellos proyectos cuyo objetivo es disminuir el déficit del espacio público apuntado al logro del del índice mínimo efectivo de espacio público de 15 m2 por habitante. Estos espacios serán de carácter permanente y estarán conformados por: zonas verdes, parques, plazas y plazoletas, entre otros.
Se podrán presentar proyecto ante el SGR para Fase II y Fase III.
Requisitos Sistema General de Regalías
1.Proyecto formulado en la Metodología General Ajustada
2.Presupuesto:
•Presupuesto detallado con las actividades necesarias para lograr los productos esperados, acompañado del análisis de precios unitarios o de costos, según aplique.
•Se debe anexar, además, certificación de la entidad que presenta el proyecto de inversión en la cual conste que los precios unitarios corresponden al promedio de la región y que son los utilizados para el tipo de actividades contempladas en el proyecto.
3.Certificaciones.
•Certificado suscrito por el representante legal de la entidad que presenta el proyecto de inversión y de aquella donde se va a ejecutar el mismo en el cual se indique que las actividades que se pretenden financiar con recursos del SGR no están siendo, ni han sido financiadas con otras fuentes de recursos.
•Certificado en el cual conste que el predio no está localizado en zona que presente alto riesgo no mitigable y que está acorde con el uso y tratamientos del suelo de conformidad con el respectivo instrumento de ordenamiento territorial.
Los proyectos de inversión en fase II, además de los requisitos generales definidos en el numeral 6.1. del presente documento, debe presentar un documento técnico que soporte y contenga lo siguiente: planteamiento del problema, antecedentes, justificación, análisis de participantes, objetivos (general y específicos), análisis de alternativas y cronograma de actividades físicas y financieras.
1. Estudios y especificaciones técnicas
- Los estudios y especificaciones técnicas, con los soportes debidamente firmados por profesional competente, y certificado en el cual conste que se cumple n las normas técnicas colombianas (NTC) aplicables, así como las normas que establecen mecanismos de integración para las personas con movilidad reducida.
- Para el caso de los proyectos de inversión que contemplen componentes de infraestructura deben incluirse, también, los diseños, las memorias y los planos legibles que lo soportan técnica y financieramente, firmados por profesional competente con su respectiva matrícula profesional o acompañados de un certificado del representante legal o jefe de planeación de la entidad territorial, o quien haga sus veces, en el cual conste que los documentos o planos originales están debidamente firmados.
- Para proyectos tipo, los diseños, las memorias y los planos legibles que soportan técnica y financieramente el proyecto de inversión deben ir firmados por el profesional que los implemente, con su respectiva matrícula profesional.
2. Documento técnico de soporte
- Documento técnico que soporte y contenga lo siguiente: el planteamiento del problema, los antecedentes, la justificación, los análisis de participantes, los objetivos —tanto general como específicos—, el cronograma de actividades físicas y financieras y la descripción de la alternativa seleccionada.
3. Titularidad del inmueble
- Para acreditar la titularidad de bienes inmuebles:
a. Certificado de tradición y libertad expedido con una antelación no superior a tres (3) meses, donde conste que la propiedad corresponde al departamento, municipio, distrito o entidad pública y se encuentra libre de gravámenes o limitaciones a la propiedad que impidan ejercer el derecho de disposición. Lo anterior, no aplica para los bienes de uso público que, conforme a las normas vigentes, no son sujetos de registro. Dicho certificado solo debe adjuntarse una única vez.
b. Cuando se trate de inmuebles localizados en resguardos indígenas o asociaciones de cabildos o autoridades indígenas tradicionales, el acto colectivo del resguardo suscrito por la autoridad tradicional o gobernador, donde señale que el predio se encuentra en su jurisdicción.
c. Cuando se trate de inmuebles localizados dentro de los territorios colectivos de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, el documento de titulación expedido por la entidad competente, el cual debe acompañarse de un aval suscrito por las correspondientes autoridades de las citadas comunidades certificadas por el Ministerio del Interior.
En el caso de los municipios y en aplicación del artículo 48 de la Ley 1551 de 2012, bastará con que acrediten la posesión del bien objeto de intervención y su destinación al uso público o a la prestación de un servicio público.
4. Certificaciones
- Para los proyectos de inversión que contemplen dentro de sus componentes infraestructura y requieran para su funcionamiento y operación la prestación de servicios públicos, se requiere el certificado suscrito por los prestadores de servicios públicos domiciliarios o la constancia del representante legal de la entidad donde se ejecutará el proyecto en el cual conste que los predios por intervenir cuentan con dicha disponibilidad.
- El certificado de sostenibilidad del proyecto de inversión suscrito por el representante legal de la entidad donde se ejecutará el proyecto, de acuerdo con su competencia, avalado por el operador de servicio, cuando aplique, en el cual garantice la operación y el funcionamiento de los bienes o servicios entregados con ingresos de naturaleza permanente. Cuando no proceda realizar sostenibilidad del proyecto se debe justificar por escrito esta circunstancia.
5. Matriz de riesgos
- Para los proyectos que contemplen dentro de sus componentes infraestructura, se debe elaborar análisis de riesgos de desastres, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1523 de 2012, de acuerdo con la escala de diseño del proyecto.
Para proyectos Fase III:
- Certificado suscrito por el representante legal de la entidad territorial en el cual constee que los bienes en los cuales se desarrollará el proyecto tiene destinación a espacio público.
Normatividad
Decreto 1077 de 2015
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”
Artículos del 2.2.3.1.1. al 2.2.3.5.2.6, Título 3, Parte 2.
Normas Técnicas Colombianas - NTC | Accesibilidad al medio físico |
NTC 4139 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Símbolo gráfico. Características generales. |
NTC-5610 | Accesibilidad al medio físico. Señalización táctil. |
NTC-4279 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios. Espacios urbanos y rurales. Vías de circulación peatonales horizontales. |
NTC-4774 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios. Espacios urbanos y rurales. Cruces peatonales y rurales. Cruces peatonales a nivel, elevados o puentes peatonales y pasos subterráneos. |
NTC-4145 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios y espacio urbanos y rurales. Escaleras. |
NTC-4201 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios y espacios urbanos. Equipamientos. Bordillos, pasamanos, barandas y agarraderas. |
NTC-4143 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios y espacios urbanos. Rampas fijas adecuadas y básicas. |
NTC 4904 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Estacionamientos accesibles. |
NTC - 4144 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios, espacios urbanos y rurales. Señalización. |
NTC - 4695 | Accesibilidad de las personas al medio físico. Señalización para tránsito peatonal en espacios público urbano. |
Recomendaciones específicas para la formulación del proyecto
Estudios y diseños:
- Levantamiento topográfico (planos, memorias y carteras).
- Estudio de suelos según lo definido en la NSR-10. Este debe incluir las recomendaciones para la cimentación de las áreas peatonales así como las recomendaciones para el manejo del agua superficial y el nivel freático.
- Plano de localización identificando con claridad el área objeto de intervención.
- Memoria descriptiva del diseño - Directrices y lineamientos de diseño.
- Planos generales: plantas, alzados, cortes y la totalidad de los detalles constructivos.
- Propuesta paisajística cuando aplique, identificando individuos arbóreos existentes y propuesto según especie y condicones específicas de manejo.
- Diseño eléctrico (planos y memorias). Cuando se requiera.
- Diseño hidráulico (planos y memorias). Cuando se requiera.
- Diseño sanitario (planos y memorias). Cuando se requiera.
- Diseño estructutal (planos y memorias). Cuando se requiera.
- Especificaciones técnicas.
- Proceso constructivo.
Documentos que conforman el presupuesto:
- Presupuesto general.
- Análisis de precios unitarios.
- Memoria de cálculo de las cantidades de obra con el registro gáfrico de la obtención de los datos.
- Cálculo del factor multiplicador.
- Cálculo del AIU.
- Presupuesto de interventoría y/o apoyo a la supervisión.
- Por lo menos 2 cotizaciones y el respectivo estudio de mercado de aquellos ítems que no se encuentren relacionados en la lista de precios del departamento.
- Verificar la total concordancia de la nomenclatura y nombre de todos los ítems que conforman el presupuesto.
Generales:
- Verificar que el alcance del proyecto corresponda con el Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
- Verificar que la totalidad de los elementos consignados en el diseño sean concordantes con los ítems relacionados en el presupuesto.