- El Decreto 0271 de 2026 entra en vigencia el 1 de julio de 2026, mientras se hacen los ajustes regulatorios y operativos para su plena aplicación.
En una jornada que se desarrolló minuto a minuto con la precisión de una política esperada, el Gobierno del Presidente Gustavo Petro presentó en Bogotá el modelo de Red de Protección Social para la Vida de las Personas Recicladoras de Oficio, una iniciativa que busca cerrar una brecha histórica sin imponer fórmulas laborales que desconozcan la realidad del oficio.
Se trata del Decreto 0271 de 2026, firmado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Desde el inicio, el objetivo fue claro: proteger no es sinónimo de convertir en empleados a quienes han construido su sustento desde la independencia. Por primera vez, el país cuenta con una norma específica que garantiza protección social a quienes reciclan como modo de vida, reconociéndolos como trabajadores independientes con derechos.
El modelo está dirigido a recicladores y recicladoras de oficio que realizan de manera habitual actividades de recuperación, recolección, transporte y clasificación de residuos aprovechables, que derivan su sustento de esta actividad, están asociados a Organizaciones de Recicladores de Oficio (ORO) y perciben ingresos inferiores a un salario mínimo mensual.
Se trata de una población históricamente excluida de los sistemas de protección social, pese a su papel fundamental en la economía ambiental del país. La Corte Constitucional ya los había reconocido como sujetos de especial protección mediante las sentencias T-724 de 2003 y T-291 de 2009, un mandato que ahora se materializa con esta reglamentación.
La Red de Protección Social cuenta con cuatro componentes como los más importantes para garantizar la protección de estas personas:
- En salud, se garantizará la permanencia en el régimen subsidiado para quienes ya están afiliados, mientras que las alcaldías y gobernaciones deberán gestionar el ingreso de quienes aún no cuentan con cobertura.
- En materia de pensión, los recicladores podrán acceder al Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP), que apoya a trabajadores informales de bajos ingresos. Aquellos que no cumplan los requisitos podrán vincularse a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), administrados por Colpensiones, con un aporte equivalente al 5 % de sus ingresos realizado por la organización de recicladores, al que se suma un subsidio del 20 % por parte del Estado.
- Para la protección en la vejez, también accede al programa Colombia Mayor, de acuerdo con los criterios establecidos por el Departamento para la Prosperidad Social.
- En el componente de riesgos laborales, las Organizaciones de Recicladores de Oficio deberán afiliar a sus asociados a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y asumir el pago de las cotizaciones, con una base de cotización equivalente a un salario mínimo. El recaudo se realizará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), sin que esto implique relación laboral entre la organización y el reciclador.
Uno de los puntos centrales es el esquema de financiación, ya que a diferencia de los modelos tradicionales, los aportes no recaerán sobre el ingreso del reciclador. Los recursos provendrán de la tarifa de aprovechamiento dentro del servicio público de aseo y de las actividades comerciales de las organizaciones, conforme a las disposiciones que expida la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), con una prohibición expresa de descontar estos valores del ingreso mensual del trabajador.
Las ORO, que son asociaciones sin ánimo de lucro integradas por recicladores y registradas ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, tendrán
un papel central en la implementación del modelo, al ser las entidades que articulan la actividad de aprovechamiento en el servicio público de aseo.
Las entidades territoriales también serán actores clave. Entre sus responsabilidades estará mantener actualizado el censo municipal de recicladores, reportarlo al Sistema Único de Información de la Superintendencia de Servicios Públicos y priorizar la afiliación en salud de quienes no cuenten con cobertura. Esta información servirá además como base para que Colpensiones vincule recicladores al programa BEPS y para que el Departamento para la Prosperidad Social identifique beneficiarios de Colombia Mayor.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino fue enfático al señalar que “este modelo reconoce el trabajo de los recicladores, garantiza su protección social y respeta su autonomía. No es una formalización forzada, es una solución estructural con enfoque social”.
La normativa también contempla situaciones como el cese de la actividad de reciclaje, que deberá notificarse por escrito a la organización y a la entidad territorial correspondiente. En estos casos, la afiliación a riesgos laborales se cancelará conforme a la reglamentación vigente, mientras que la afiliación en salud continuará bajo las normas generales del sistema. Los recursos acumulados en BEPS permanecerán a disposición del reciclador según las opciones previstas por la ley.
La entrada en vigencia del decreto está prevista para el 1 de julio de 2026, con el fin de permitir los ajustes regulatorios necesarios en la tarifa de aprovechamiento, el Sistema Único de Información del sector y la Planilla PILA.
Este, además de ser un reto normativo, también lo fue frente a la implementación efectiva en todo el territorio nacional. La apuesta es que la Red de Protección Social para la Vida se traduzca en garantías reales para miles de recicladores que durante décadas han trabajado en condiciones de vulnerabilidad.
Para el Gobierno del Presidente Gustavo Petro este decreto es un hito, con el cual el país no está creando un nuevo sistema, sino que está corrigiendo una omisión histórica con quienes han sostenido el reciclaje en Colombia.

