¿Qué son las normas urbanísticas?
Las normas urbanísticas regulan el uso, la ocupación y el aprovechamiento del suelo y definen la naturaleza y las consecuencias de las actuaciones urbanísticas indispensables para la administración de estos procesos.
Ley 388 de 1997 art. 15
Son las que aseguran la consecución de los objetivos y estrategias adoptadas en el componente general del plan y en las políticas y estrategias de mediano plazo del componente urbano. Prevalecen sobre las demás normas, en el sentido de que las regulaciones de los demás niveles no pueden adoptarse ni modificarse contraviniendo lo que en ellas se establece, y su propia modificación sólo puede emprenderse con motivo de la revisión general del plan o excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o distrital, con base en motivos y estudios técnicos debidamente sustentados.
Ley 388 de 1997 art. 15
Son aquellas que permiten establecer usos e intensidad de usos del suelo, así como actuaciones, tratamientos y procedimientos de parcelación, urbanización, construcción e incorporación al desarrollo de las diferentes zonas comprendidas dentro del perímetro urbano y suelo de expansión. Por consiguiente, otorgan derechos e imponen obligaciones urbanísticas a los propietarios de terrenos y a sus constructores.
Ley 388 de 1997 art. 15
Se trata de aquellas relacionadas con las actuaciones, programas y proyectos adoptados en desarrollo de las previsiones contempladas en los componentes general y urbano del plan de ordenamiento, y que deben incorporarse al Programa de ejecución .También forman parte de este nivel normativo, las decisiones sobre las acciones y actuaciones que por su propia naturaleza requieren ser ejecutadas en el corto plazo y todas las regulaciones que se expidan para operaciones urbanas específicas y casos excepcionales.
Razones que justifican los procesos de revisión de los planes de ordenamiento territorial
Vencimiento de vigencia. (art.___)
¿Cuándo se puede llevar a cabo?
- Cuando se cumplan las vigencias de los contenidos de corto, mediano y largo plazo del POT.
- El contenido de corto plazo se vence cuando se cumpla un (1) periodo de la administración municipal o distrital completo.
- El contenido de mediano plazo se vence cuando se cumplan dos (2) periodos de las administraciones municipales o distritales completas.
- El contenido de largo plazo se vence cuando se cumplan tres (3) periodos de las administraciones municipales o distritales completas.
¿Qué documentos hay que entregar para la revisión por vencimiento de la vigencia del largo plazo ante las instancias de concertación, consulta y aprobación?
- Documento de Seguimiento y evaluación
- Diagnóstico territorial y su cartografía de soporte
- Documento síntesis del diagnóstico
- Documento técnico de soporte y su cartografía
- Proyecto de acuerdo con su cartografía
- Documento resumen
¿Qué documentos hay que entregar para la revisión por vencimiento de vigencia de corto y mediano plano ante las instancias de concertación, consulta y aprobación?
- Documento de Seguimiento y evaluación
- Insumos técnicos que soportan la revisión con la cartografía de referencia
- Memoria justificativa
- Proyecto de acuerdo con cartografía de soporte
Modificación excepcional de normas urbanísticas.(art.______)
¿Cuándo se puede llevar a cabo?
En cualquier momento, siempre que sea a iniciativa del alcalde, que los motivos estén técnicamente soportados y que con la modificación se asegure el logro de los objetivos y estrategias de mediano y largo plazo definidos en el POT.
¿Qué documentos hay que entregar para la modificación excepcional de normas urbanísticas ante las instancias de concertación, consulta y aprobación?
- Documento de Seguimiento y Evaluación
- Insumos técnicos que soportan la revisión con la cartografía correspondiente
- Memoria justificativa
- Proyecto de acuerdo con cartografía de soporte
Por razones de excepcional interés público o de fuerza mayor o caso fortuito.
(art.________)
¿Cuándo se puede llevar a cabo? ¿Cuáles son las razones?
En cualquier momento, siempre que sea a iniciativa del alcalde y soportado en una declaratoria de desastre o de calamidad pública, que conlleve la reubicación de la población afectada, por la ocurrencia súbita de desastres de origen natural o antrópico.
O cuando se tengan los resultados de los estudios básicos de amenaza que justifiquen la recalificación de áreas de riesgo no mitigable diferentes a las señaladas en el POT.
¿Qué documentos hay que entregar para la revisión por razones de excepcional interés público o de fuerza mayor o caso fortuito ante las instancias de concertación, consulta y aprobación?
- Insumos técnicos que soportan la revisión con la cartografía correspondiente
- Memoria justificativa
- Proyecto de acuerdo con cartografía de soporte
¿Cuáles son las vigencias de los Planes de Ordenamiento Territorial?
