- Acerca de Viviendas 100% Subsidiadas
- Objetivo del programa
- Estado del programa
- Trámite para Denuncias por Incumplimiento
Acerca de Viviendas 100% Subsidiadas
El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.
El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores más vulnerables. También, un porcentaje de viviendas en cada proyecto será destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.
Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.
- Resolución 0010 de 2013: Mecanismo de sorteo de asignación de beneficiarios vivienda gratis.
PARA: Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONVIVIENDA
ASUNTO: Fechas de remisión de Manifestaciones de Interés.
Mediante el presente comunicado se informa a Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter, que teniendo en cuenta las solicitudes de varias Alcaldías que han presentado inconvenientes con la remisión de la Manifestación de Interés por medio electrónico, tendrán oportunidad de remitirla durante los días 1º, 2 y 3 de marzo de 2016, al correo electrónico hramirez@minvivienda.gov.co o radicarlo en las mismas fechas en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Es importante aclarar que teniendo en cuenta que previa ejecución de los proyectos de vivienda de interés prioritario viabilizados por FINDETER, se requiere la suscripción de un convenio interadministrativo entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y la entidad territorial, estas deben revisar el proyecto de minuta a suscribir e indicar si en las condiciones planteadas en la misma, tendría interés en el desarrollo del(los) proyecto(s) viabilizado(s), caso en el cual deben diligenciar el formato de manifestación de interés, y remitirlo, durante las fechas indicadas.
Cabe señalar que ni el envío de esta comunicación, ni el recibo de la manifestación de interés por parte de esa entidad, obligan a la suscripción del convenio ni a la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco de la Segunda Etapa del Programa de Vivienda Gratuita por parte de Fonvivienda, en la medida en que el proyecto debe ser priorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso – Programa de Vivienda Gratuita II.
Sin perjuicio de lo anterior, sólo serán objeto de priorización por el mencionado Comité los proyectos respecto de los cuales se reciba oportunamente y en las condiciones señaladas, la manifestación de interés.
Objetivo del programa
El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.
Estado del programa
Trámite para Denuncias por Incumplimiento
De acuerdo con lo establecido en el decreto 1077 de 2015 y en virtud de la circular 005 de 2013, las entidades territoriales, son un aliado en el seguimiento del cumplimiento a las obligaciones por parte de los beneficiaros. Por esta razón, podrán requerir a los hogares que se encuentren incumpliendo a sus obligaciones y aportar al ministerio las denuncias junto con los soportes correspondientes:
- Modelo de requerimiento dirigido al hogar, suscrito por el ente territorial señalando la causal de incumplimiento.
- Modelo de Notificación personal al hogar, suscrita por el ente territorial señalando la causal de incumplimiento y por beneficiario.
- Modelo de matriz, diligenciada por el ente territorial
Luego de agotado el trámite y vencido el término señalado en la comunicación, el municipio podrá aportar junto con su denuncia los siguientes documentos:
- HOGARES QUE NO SE PRESENTAN A SUSCRIBIR ESCRITURAS Y/O RECIBIR EL INMUEBLE
- Requerimiento enviado al hogar (dirección aportada en la postulación).
- Respuesta del hogar al requerimiento enviado.
- Acta de visita realizada a la dirección reportada en la postulación.
- CAMBIO DE JEFE DE HOGAR
- FALLECIDO: En caso de fallecimiento del jefe de hogar, se deberá aportar:
- Registro civil de defunción o certificado de defunción.
- Documento de identificación y datos de parentesco de quien continua como jefe de hogar.
- DETENIDO: En caso de encontrarse detenido el jefe de hogar, se deberá aportar:
- Certificado del INPEC.
- Poder para todos los trámites pendientes.
- Documento de identificación y datos de parentesco de quien continua como jefe de hogar.
Nota: en los casos en los que el jefe de hogar se encuentre fallecido, Detenido o Desaparecido y no se cuente con otro mayor de edad dentro del grupo familiar, se debe aportar documento del represente legal de los menores de edad. A falta de representación legal, será el defensor de familia quien proceda a surtir los trámites de escrituración y recibo de la vivienda, mientras se define la representación de los menores. - FALLECIDO: En caso de fallecimiento del jefe de hogar, se deberá aportar:
- DENUNCIAS POR CRUCE
- CON OTRO SUBSIDIO:
- Aportar el acto administrativo mediante el cual se le asigna un subsidio para la adquisición o construcción de una propiedad de vivienda en un sitio propio.
- CON OTRA PROPIEDAD DE VIVIENDA:
- Aportar Certificado de Libertar y Tradición del inmuebles de uso habitacional.
- En caso de encontrarse registrado como Lote, aportar certificación de existencia de una o más construcciones de vivienda en el predio relacionado.
Nota: Esta certificación deberá tener en cuenta que reúnan los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción, de lo contrario se entiende que el uso de dicho inmueble no es de habitación en los términos del Artículo 5 de la ley 3 de 1991, Modificado por el articulo 27 1469 de 2011. “…el conjunto de operaciones que permite a un hogar disponer de habitación en condiciones sanitarias satisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de estructura...” - CON OTRO SUBSIDIO:
- RENUNCIAS A LA ASIGNACION:
Solo se tendrán como renuncias para ser aceptadas por acto administrativo, las aportadas por la Caja de Compensación Familiar a través de CAVIS UT, en el formato diseñado para las mismas.
- POR ARRENDAR O NO HABITAR EL INMUEBLE:
Aportar junto con la denuncia:- Requerimiento enviado al hogar.
- Respuesta del hogar al requerimiento enviado.
- Acta de visita realizada al proyecto, en la que se encuentren los datos básicos del propietario, la dirección de inmueble y los datos de quien se encuentra habitando el mismo.
- En caso de no habitar el inmueble por razones laborales, médicas, educativas o de seguridad se deberá solicitar al hogar solicitará:
- Certificado laboral expedido por la persona natural o jurídica para la cual labora.
- Certificado médico expedido por el centro hospitalario que atiende la enfermedad.
- Certificado de estudio expedido por la Institución Educativa o Secretaria de Educación.
- Denuncia ante la Fiscalía.
- Certificado expedido por la Secretaria de Gobierno que acredite el riesgo inminente en el que se encuentra el hogar.
- Milk
Nota: Todos los miembros del hogar, mayores de edad deberán acreditar las condiciones que imposibilitan su residencia en el inmueble entregado. - POR MORA EN PAGO DE SERVICIOS PUBLICOS, IMPUESTO PREDIAL Y CUOTA DE ADMINISTRACION
Aportar junto con la denuncia:- Requerimiento enviado al hogar.
- Respuesta del hogar al requerimiento enviado.
- Certificación expedida por la entidad competente, (Operador del Servicio, Secretaria de Hacienda y Representante legal de la Administración) en la que se detalle fecha de mora y saldo a la fecha.
- ACTIVIDADES ILICITAS
Aportar junto con la denuncia:- Requerimiento enviado al hogar.
- Respuesta del hogar al requerimiento enviado.
- Sentencia Ejecutoriada.