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Participación en el diagnóstico

La participación ciudadana en la fase de diagnóstico de la política pública es la vinculación de ciudadanos en el proceso de identificación de las problemáticas y necesidades de los grupos de valor de la entidad, a través de la incorporación de sus ideas, experiencias y valoraciones sobre dichas problemáticas y necesidades.

Lo invitamos a conocer los ejercicios de diagnóstico participativo sobre la gestión del Ministerio:

  ‘Estrategia Construyamos Juntos’​​​​​​​

Grupos de valor y partes interesadas:

Todas las entidades públicas deben cumplir adecuadamente con el propósito fundamental para el cual fueron creadas, es decir, satisfacer los derechos y resolver los problemas o necesidades de un grupo específico de personas naturales o jurídicas sujetas de su atención, a los cuales se denomina grupos de valor, a través de su oferta institucional de bienes y servicios.

SISCONPES:

El Consejo Nacional de Política Económica y social (CONPES) es la máxima autoridad de planeación en política pública en el país y se desempeña como organismo asesor del Gobierno Nacional, en aspectos relacionados con desarrollo económico y social.


Normatividad vigente en términos de participación Ciudadana

La implementación del menú participa está enmarcado en las siguientes normas:

  • Ley 489 de 1998, artículo 32, modificado parcialmente por el artículo 78, Ley 1474 de 2011: 

Todas las entidades y organismos de la administración pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública. Para ello podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

  • Ley 1712 de 2014, artículo 11

Establece que todo sujeto obligado deberá publicar de manera obligatoria y proactiva la información mínima respecto a los servicios, procedimientos, funcionamiento y “(…) todo mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado”.

  • Ley 1757 de 2015:

Art. 2: Todo plan de desarrollo y/o de gestión debe incluir medidas específicas orientadas a promover la participación de todas las personas en las decisiones que los afectan, adelantando discusiones en escenarios presenciales o a través de medios electrónicos, cuando sea posible, utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Art. 50: Todas las autoridades de la administración pública deben rendir cuentas en forma permanente bajo la metodología que establezca el Gobierno nacional.
Art. 65: Son objeto de control social los particulares que cumplen funciones públicas, las entidades privadas u organizaciones no gubernamentales.
Indica que serán sujetos obligados “(…) todos los organismos y entidades que conforman las ramas del Poder Público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, los órganos autónomos e independientes del Estado, y los particulares, cuando cumplan funciones administrativas o públicas.


Acciones incluidas en la Planeación para promover la participación

Invitamos a conocer nuestro PAAC, donde podremos encontrar las acciones propuestas en Participación Ciudadana y Rendición de cuentas.



Identificación de problemas y diagnóstico de necesidades


Con tus aportes identificaremos problemas y/o necesidades de nuestra cartera ministerial, insumo para generar alternativas de mejoramiento para nuestra gestión institucional. 

¡Recuerda! A través de esta plataforma NO se reciben Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias – PQRD, para ello debes dirigirte a los canales dispuestos por el Ministerio para dicho fin. Consulta los canales para presentar PQRD aquí

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, "por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales", de conformidad con lo señalado en el capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015, se informa al usuario que la información recolectada, tiene como finalidad apoyar el cumplimiento de la misionalidad institucional, así mismo se informa que la información suministrada será tratada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad  y Territorio como responsable del tratamiento, conforme con la política de Tratamiento y Protección de Datos Personales, publicada en el portal web institucional: /, por lo tanto Minvivienda garantizará la confidencialidad, privacidad, seguridad y circulación restringida de los datos personales. 

Teniendo en cuenta las funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, compártenos el problema y/o necesidad que hayas identificado.

Si tienes una propuesta de solución al problema y/o necesidad planteada, escríbela en este espacio:

Modificado el Jue, 11/11/2021 - 15:21