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Es la primera vez que en Colombia se diseña una Política Pública de Vivienda Rural que brinda herramientas, lineamientos y programas claros y perdurables para hacer efectivo el derecho a la vivienda digna a los hogares rurales.
Collapsibles Alternar 1. ¿Quiénes pueden aplicar al programa Arriendo Social? Text Arriendo Social es un producto exclusivo del Fondo Nacional del Ahorro acompañado del Ministerio de Vivienda. Es una nueva línea para los afiliados por Cesantías y Ahorro Voluntario Contractual que contempla cánones mensuales desde $180 mil pesos y está dirigida a personas que ganan entre uno y cuatro salarios mínimos ($689.454 a $2.757.816). Alternar 2. ¿Cuánto financia y qué tipo de viviendas cobija el programa Arriendo Social? Text El Fondo Nacional del Ahorro financiará a sus afiliados hasta el 90% del valor...
NOTICIAS de Subsidio de Vivienda
Es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye un complemento para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados, víctimas de actos terroristas y afectados por situaciones de desastre o calamidad pública, apliquen este subsidio para la compra de vivienda usada, igualmente para hogares en situación de desplazamiento y damnificados por atentados...
Vivienda de Interés Social (VIS) Es aquella que se desarrolla para garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menores ingresos, que cumple con los estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción sostenible, y cuyo valor no exceda los 135 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV). Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP) Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 90 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
PROPIEDAD Horizontal Cartilla Propiedad Horizontal Asamblea Genereal de Propietarios 2021 GERENCIA de proyectos Habilitación de suelo
El Programa de Transparencia y ética pública fue creado mediante el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, cuyo contenido modificó artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que creaba el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. En este marco, los Programas de Transparencia y Ética Publica se deben formular para promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de la misionalidad institucional.